miércoles, 23 de mayo de 2012

Como tributan cuentas corrientes depósitos fondos inversión planes de pensiones y sus rendimientos

Como tributan nuestras inversiones en la declaración de la renta
En la campaña de la renta 2011, esa que tenemos hasta el 30 de junio para completar dentro del plazo legal, habrá que pagar un 19% por los rendimientos generados hasta los primeros 6.000 euros y un 21% por el resto. Para computar estas cantidades, se sumarán todas las ganancias obtenidas.

Es decir, que si hemos logrado 400 euros por un depósito, 5.000 por un fondo de inversión y 1.500 a través de acciones no pagaremos un 19% por cada una de ellas. En este caso tributaremos un 19% por 6.000 euros y un 21% por los 900 euros restantes (400+5.000+1.500=6.900 euros).

En 2012 y 2013
La reforma fiscal de 2012 que sirvió para subir el IRPF tienen en principio un carácter limitado en el tiempo, de forma que sólo se aplicaría en 2012 y 2013 para después retomar los porcentajes antes descritos.

Durante esos dos años, la cuantía que habrá que pagar por los beneficios logrados a través de productos financieros aumenta, creándose además un nuevo tramo. La distribución es la siguiente:

al 21% hasta 6.000 euros
al 24% por el resto hasta 24.000 euros
al 27% para cantidades superiores a 24.000 euros
Dos salvedades
Entre los productos financieros más comunes existen dos excepciones a esta norma general que conviene resaltar. Por un lado se encuentran los planes de pensiones y por otro los fondos de inversión. 

La forma en la que tributan los planes de pensiones está ligada al deseo del Gobierno de impulsar estos productos y el ahorro a largo plazo. Por eso, los planes de pensiones están exentos de tributar hasta el momento de su rescate y de hecho permiten practicar deducciones por las cantidades aportadas, dentro de unos límites. En este sentido, en lo referente a las aportaciones, las deducciones se establecen en función de la edad del contribuyente de la siguiente forma:
Las personas menores de 50 años podrán deducirse la menor de las siguientes cantidades
 10.000 euros ( o el 30% de sus ingresos.
Las personas mayores de 50 años, la menor de 12.500 euros o el 50% de sus ingresos.
Las personas con discapacidad pueden elevar las deducciones hasta un máximo de 24.500 euros.
La otra gran ventaja de los planes de pensiones es que sólo habrá que pagar por los beneficios que se obtengan al rescate del mismo. Dicho de otra forma, si el plan se revaloriza no habrá que pagar por esa revalorización, dado que tampoco podremos disfrutar de ella. Además, al momento del rescate, podremos elegir entre recuperar el dinero en forma de capital o como renta. En el primero de los casos se recupera todo el dinero de golpe y en el segundo en mensualidades. En ambos casos se considerarán rendimientos del trabajo y tributarán a la escala que corresponda en función de los ingresos obtenidos. Existe, eso sí, una reducción del 40% para las cantidades anteriores a 2007 si se recupera en forma de capital.

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