Por Ley, las sociedades mercantiles han de convocar la Junta General y aprobar las cuentas anuales antes del 30 de junio y después tienen un plazo de 30 días para hacer el depósito de las mismas en el Registro Mercantil. Por tanto entre hoy, 1 de julio, y hasta el 30 de este mismo mes, las sociedades han de proceder a dicho depósito.
Si bien el cambio más importante sucedió con la entrada en vigor de nuevo Plan General Contable, el 1 de enero de 2088, debemos destacar que para el depósito de las cuentas del ejercicio 2010 hay algunas novedades.
La primera novedad la encontramos en la página de identificación de las Cuentas Anuales. En el modelo correpondiente al ejercicio 2010 debemos incluir, dentro del epígrafe relativo al personal asalariado, la información relativa, por un lado, al número de personas empleadas por la empresa con algún tipo de discapacidad y por otro la información sobre el personal asalariado, que ha de incluir el tipo de contrato y el sexo de cada uno de los trabajadores.
La Memoria debe incluir un nuevo apartado en el que aparecerá la información sobre los plazos de pago a proveedores y que deber contener datos sobre el importe total de los pagos realizados a los proveedores durante el ejercicio, reflejando aquellos en los que se haya excedido el plazo legal de pago, y aquellos saldo pendientes de pago a proveedores que, en el momento del cierre del ejercicio, hayan sobrepasado el plazo legal de pago.
Además, se desglosará para cada partida significativa del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias, los importes correspondientes a los negocios conjuntos. Este desglose deberá aparecer en el estado de flujos de efectivo y del estado de cambios en el patrimonio neto y se incluirá de forma agregada para el total de negocios conjuntos que participa la empresa.
Por último, se introduce una modificación del cuadro de conciliación entre los conceptos de cuentas y partidas, del modelo normal del balance incluido en la tercera parte del Plan General de Contabilidad.
Más información | Resolución de 28 de febrero de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado pymesautonomos
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