Hay tratar a la comunidad de bienes como si fuera una entidad. Si la comunidad está en estimación directa simplificada, tú contabilizas todos los gastos e ingresos en las cuentas correspondientes a la estimación directa simplificada. Trimestralmente, declaras el iva como comunidad de bienes y el modelo 130 para cada comunero en función de su porcentaje de participación en la comunidad. Por ejemplo si existen dos comuneros donde uno participa en el 60% y el otro en el 40% , se han generado ingresos por 100€ y gastos por 50, cada 130 irá
1 Comunero
Ingresos: 60%x 100: 60
Gastos: 60%x50: 30
Diferencia: 30 ( beneficio)
A ingresar: 20% de 30: 6
2 Comunero
Ingresos: 40%x100: 40
Gastos: 40%x 50: 20
Diferencia: 20
A ingresar: 20% por 20: 4
Cada trimestre , contabilizas normal pero a declarar el modelo 130, divides el total ingresos y gastos hasta la fecha entre los comuneros en función de su participación.
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